miércoles, 29 de abril de 2009

Grupo 6 "Acuerdos Económicos Internacional"

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

MINISTERIO DE EDUCACION SUPERIOR

UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL“SIMON RODRÍGUEZ”

NÚCLEO PALO VERDE

LICENCIATURA EN ADMINISTRACION

MENCION RECURSOS MATERIALES Y FINANCIEROS

CATEDRA COMERCIO INTERNACIONAL

SECCION “C”

FACILITADOR: ISMAEL ARELLANO

RESUMEN TEMA N° 3

“ACUERDOS ECONÓMICOS INTERNACIONALES”

Integrantes:

Coronel, María C.I. V-19.242.577

Morillo, Yureima C.I. V-14.062.115

Urdaneta, Olivia C.I. V-6.347442

Zuleyka T. Ramos M. C.I 12.377.364

INDICE

3.1.- Impacto de los acuerdos económicos internacionales sobre los negocios

3.1.1. Efectos esperados en los acuerdos de interacción económicos

3.1.2. Oportunidades de la integración económicas

3.1.3. Amenazas y costos derivados de los acuerdos

3.1.4. Acuerdos de integración económicas

3.1.4.1. Impacto sobre el comercio internacional de Venezuela.

3.2.- Políticas comerciales como marco general

3.2.1. Orientación de políticas comercial

3.2.2. Instrumentos de políticas comerciales

3.2.3. Políticas comerciales en América latina

3.2.4. Políticas arancelarias y de inserción internacional de Venezuela.

3.3.- ¿Qué son Acuerdos de Integración Económicas?

3.3.1. Objetivos de la Integración Económica

3.3.2. Principios Generales de los Acuerdos de Integración Económica

3.3.3. Tipos de Acuerdos

3.4.- Otros Acuerdos-Tratados de integración donde se encuentra Venezuela como miembro

3.4.1. ALADI

3.4.2. CAN

3.4.3. Grupo de los Tres

3.4.4. Otros

3.5.- Otros Tratados de Integración

3.5.1. A.L.C.A:

3.5.2. MERCOSUR:

3.5.3. Proyecto de Integración Comercial en la actualidad.

3.5.4. Diferencia entre tratados y acuerdos de integración económica.

3.6.- Acuerdos de Integración Económica

3.6.1. Acceso a Mercados:

3.6.2. Protección y Defensa

3.6.3. Propiedad Intelectual (postura de Venezuela)

3.6.4. Servicios

3.6.5. Inversiones

3.6.6. Otros

3.7.- Principales Acuerdos de Integración Económica

3.7.1. Organización Mundial de Comercio

3.7.2. Acuerdos Regionales

3.7.3. Acuerdos Extrarregionales

3.8.- ¿Cómo se negocian los Acuerdos de Integración Económica?

3.8.1. Sector Público

3.8.2. Sector Privado

3.8.3. Organismos Regionales / Municipales

3.8.4. Organización para la Negociación en Venezuela



TEMA III

ACUERDOS ECONÓMICOS INTERNACIONALES

3.1.- Impacto de los acuerdos económicos internacionales sobre los negocios

Los acuerdos internacionales, tratan de derriban las fronteras económicas con el objetivo de encontrar nuevas áreas de inversión y de comercio. Los gobiernos buscan consolidar acuerdos que traigan ventajas a los capitales instalados en la zona para enfrentar la competencia en mejores condiciones asegurando sus espacios económicos.

El impacto en los capitales instalados, al tratar de entrar en los mercados internacionales, evidencia la necesidad de conocer las reglas del entorno económico. Por ello, los gerentes de las empresas de hoy, deben conocer y participar en las negociaciones de los acuerdos que regulan el acceso y condicionan la competencia en el mercado internacional. Comprender las reglas del intercambio internacional puede ser una ventaja competitiva que ayude a aprovechar las oportunidades de acceder a los mercados de otros países.

3.1.1. Efectos esperados en los acuerdos de integración económicos

Al margen de las razones políticas o de otro tipo, cuando un grupo de países decide iniciar un proceso de integración, la razón económica que se declara es incrementar el nivel de bienestar de los miembros. Se supone que cada miembro conseguirá este objetivo exponiendo su propia economía a la libre competencia del resto de las economías que conforman el área integrada.

Las razones para esta concepción son varias y constituyen los potenciales efectos positivos de un proceso de integración económico.

Los efectos positivos derivados de la integración comercial se relacionan con la posibilidad de una mayor especialización productiva y con la mejora en los términos de intercambio que se producen por el incremento en el tamaño del mercado; así como con la capacidad del proceso de integración para afectar a la tasa de crecimiento económico de los países que se integran a través del mayor aprovechamiento de las economías de escala, el incremento en la competencia y el estímulo a la inversión y al progreso técnico.

3.1.2. Oportunidades de la integración económicas

3.1.3. Amenazas y costos derivados de los acuerdos

3.1.4. Acuerdos de integración económicas

3.1.4.1. Impacto sobre el comercio internacional de Venezuela.

3.2.- Políticas Comerciales como Marco General.

Por políticas comerciales entendemos aquellas que están destinadas, de manera directa o indirecta, a la cadenas de comercialización o a sus componentes, y tienen por objeto brindar incentivos, negativos o positivos, para su desarrollo y desempeño competitivos.

3.2.1.- Orientación de políticas comercial.

Podemos decir que las orientaciones de las políticas comerciales, tiene tres directrices:

Políticas de acceso, que son aquellas que, al imponer medidas en las fronteras, como aranceles, cuotas de importación, permisos o licencias, modifican la capacidad competitiva en los mercados de las cadenas agroindustriales y sus componentes.

Políticas de apoyo a las exportaciones, tienen por objeto modificar la posición competitiva de las empresas y sus cadenas a través apoyos directos, como subsidios, o indirectos como incentivos tributarios y crediticios. También forman parte, los apoyos destinados al fomentar la participación creciente en los mercados como la promoción del consumo.

Políticas de ayuda interna, tiene por objeto el apoyo directo o indirecto de la producción. Forman parte de éstas políticas medidas como apoyo a los precios, pagos por producción, pagos por superficie cultivada, subsidios a los créditos.

Todas estas políticas han sido objeto de negociación internacional en la Organización Mundial de Comercio (OMC); algunas de ellas son expresamente reguladas y sometidas a compromisos de reducción, pues afectan el comercio internacional como, por ejemplo, los aranceles, cuotas, ayudas internas a los comercios y los subsidios a las exportaciones; otras, igualmente reguladas, son "permisivas" en la medida en que no afectan directamente al comercio internacional como, por ejemplo, las políticas de investigación, tecnología y cuidado sanitario de cultivos y especies animales.

3.2.2.- Instrumentos de políticas comerciales.

Aranceles

Un arancel es un impuesto de importación. Los aranceles se dividen en dos categorías: los aranceles específicos que se imponen como un cargo fijo por cada unidad de bien importada, y los aranceles de valorem que se imponen como una tarifa proporcional al valor de un bien importado. Si bien el objetivo principal de los aranceles es proteger tanto a productores y empleados nacionales, de la competencia extranjera, también elevan los ingresos del gobierno.

En cuanto a los aranceles es importante comprender quien pierde y quien gana. El gobierno gana, por que el arancel eleva sus ingresos. Los productores nacionales ganan, por que el arancel los protege de los competidores extranjeros, al incrementar el costo de los bienes extranjeros. Los consumidores pierden, porque deben pagar más por ciertas importaciones.

Subsidios

Un subsidio es una asistencia financiera gubernamental a un producto nacional. Los subsidios toman muchas formas, que incluyen donativos en efectivo, préstamos de bajo interés, concesiones fiscales y la participación del capital gubernamental en firmas nacionales. Al reducir los costos, los subsidios ayudan a los productores en dos formas: lo ayudan a competir frente a las importaciones extranjeras baratas y los ayudan a ganar mercado de importación. Las principales ganancias de los subsidios corresponden a los productos nacionales, cuya competitividad internacional se ve incrementada como resultado. Pero los subsidios deben pagarse. Generalmente el pago se hace a través de la exigencia de impuestos. Por lo que, si los subsidios generan beneficios capaces de exceder los costos es una hipótesis que debe debatirse. En la practica muchos subsidios no san tan exitosos en el incremento de la competitividad internacional de los productores nacionales, pues tienden a proteger la ineficacia, en lugar de promover la eficiencia.

Cuotas.

Una cuota de importación es una restricción directa sobre la cantidad que de un bien puede importar un país. La restricción normalmente se hace cumplir mediante la expedición de licencias de importación para un grupo de individuos o firmas. Una variante de las cuotas de importación son las restricciones voluntarias de exportación (RVE). Esta es una cuota que el país exportador impone, generalmente como producto de la solicitud que de ella hace el gobierno del país importador. Los productores extranjeros aceptan las RVE, ya que, de no hacerlo, podrían desencadenarse aranceles o cuotas de importación punitivas que causaran un daño mucho mayor. Estar de acuerdo con una RVE se considera una manera de salir librado lo mejor posible de una mala situación al mitigar las presiones proteccionistas en un país. Como los aranceles y subsidios, tanto las cuotas de importación como las RVE benefician a los productores nacionales. Las cuotas no benefician a los consumidores. Una cuota de importación o una RVE siempre eleva el precio nacional de un bien importado.

Contenido Nacional

Este establece que cierta fracción específica de un bien se produzca dentro del país. Las regulaciones de contenido nacional han sido ampliamente utilizadas por países en vías de desarrollo, como un dispositivo para cambiar su práctica de manufactura de simple ensamble de productos, cuyas partes son fabricadas en otro lugar ala manufactura local de componentes. De manera mas reciente, la cuestión del contenido nacional ha sido adoptada por varios países desarrollados. Para un producto nacional de partes componentes, las regulaciones de contenido nacional proveen protección de la misma manera en que una cuota de importación lo hace, es decir, limita a la competencia extranjera. Los efectos económicos también son los mismos.

Políticas Antidumping

El dumping se define como la venta de bienes en un mercado extranjero a un menor costo que el de producción, o bien como la venta de bienes en un mercado extranjero el precio por debajo del valor “justo” del mercado. Las practicas dumping se consideran como un método mediante las firmas liberan su producción excesiva en los mercados extranjeros. Las políticas antidumping, son regulaciones diseñadas para castigar a las firmas extranjeras que se dedican a inundar el mercado con productos a bajo precio (dumping) y proteger, por lo tanto, a los productores nacionales de una competencia extranjera desventajosa.

Políticas Administrativas

Las políticas administrativas de comercio son regulaciones burocráticas diseñadas para restringir los niveles de importación. Algunos podrían aseverar que los japoneses son los maestros de este tipo de barreras comerciales, el la actualidad, el arancel formal y las barreras no arancelarias de Japón se encuentran en la restricción mas baja del mundo. Sin embargo, los críticos afirman que las barreras administrativas informales en relación con las importaciones, exceden cualquier compensación. Un ejemplo de ello lo constituyen los bulbos de tulipán; los países bajos exportan bulbos de tulipán a prácticamente a cada país, en el mundo, con excepción de Japón.

3.2.3.- Políticas comerciales en América latina

3.2.4.- Políticas arancelarias y de inserción internacional de Venezuela.


3.3.- ¿Qué son Acuerdos de Integración Económicas?

3.3.1.- Objetivos de la Integración Económica

Los Acuerdos de Integración Económicas son alianzas que se realizan entre varios países. Sus Objetivos son:

· La libre circulación de bienes y servicios

· Una de las formas más idóneas para incrementar el nivel de competitividad de las economías y para facilitar la cohesión política

· La eliminación de los obstáculos al comercio entre los países

· El beneficio de preferencias exclusivas, no aplicables a los países que no participen en el área de integración regional

· Libre circulación de los factores de producción

3.3.2.- Principios Generales de los Acuerdos de Integración Económica

Los principios con los cuales se basan estos acuerdos de integración económica son:

· Paz, Democracia, Desarrollo y Libertad

· La gradualidad, especificidad y progresividad del proceso de integración económica

· La globalidad del proceso de integración y la participación

· Legalidad, transparencia; y reciprocidad

3.3.3.- Tipos de Acuerdos

• Un Área de Libre Comercio conformada por varios países que deciden eliminar las barreras al comercio interno pero manteniendo cada uno sus propios aranceles diferentes frente a terceros. El problema que se deriva de esto es la necesidad de mantener controles fronterizos para los productos que procedan de países pertenecientes al Área de Libre Comercio pero que hayan sido producidos total o parcialmente en el exterior.

La Unión Aduanera se produce cuando un Área de Libre Comercio establece un arancel exterior común. La unión aduanera requiere de mayores esfuerzos de negociación y acuerdo interno ya que cada país perteneciente a la unión verá modificada su estructura productiva en mayor o menor grado como consecuencia de decisiones comunes. Los controles fronterizos desaparecen para los productos pero permanecen las barreras que impiden la circulación de los factores.

• El Mercado Común supone la eliminación de barreras a la circulación de los factores productivos, es decir, de los trabajadores y del capital. La libre circulación de trabajadores consiste en permitir en igualdad de condiciones la contratación de la mano de obra que proceda de los países integrantes y en que además, se reconozcan mutuamente las titulaciones profesionales y haya una cierta armonización de criterios educativos. La libre circulación de capitales podría quedar desvirtuada mediante el establecimiento de impuestos diferenciales por lo que requiere también un cierto grado de armonización fiscal.

La Unión Económica supone un grado más en la armonización de las políticas fiscales y monetarias. Se produce aquí una mayor cesión de soberanía ya que, al dotarse de un sistema monetario único, cada país se somete a una disciplina monetaria para mantener los tipos de cambio dentro de los márgenes autorizados.

La Integración Económica, finalmente, implica la aparición de una autoridad supranacional que adoptará las decisiones de política fiscal y monetaria. Cualquier decisión particular dirigida al fomento de una rama productiva o a la corrección de un desequilibrio regional deberá ser autorizada por dicha autoridad.

3.4.- Otros Acuerdos-Tratados de integración donde se encuentra Venezuela como miembro

3.4.1.- ALADI

Asociación Latinoamericana de Integración: Organización supranacional de ámbito sudamericano que tiene como objetivo fomentar un desarrollo económico armonioso y equilibrado de la región, que conduzca al establecimiento de un mercado común. Con el fin de ayudar a los miembros con menos recursos.

Esta compuesta por tres órganos políticos:

· El Consejo de Ministros de Relaciones Exteriores

· La Conferencia de Evaluación y Convergencia, y el Comité de Representantes

· Y un órgano técnico, la Secretaría General.

· Los once miembros que integran la ALADI están clasificados de la siguiente manera: países más desarrollados (Argentina, Brasil y México); intermedios (Chile, Colombia, Perú, Uruguay y Venezuela) y menos desarrollados (Bolivia, Ecuador y Paraguay).

· Participan también 11 países observadores: Costa Rica, Cuba, República Dominicana, El Salvador, Guatemala, Honduras, Italia, Nicaragua, Panamá, Portugal y España organismo de integración económica intergubernamental de América Latina. Creado el 12 de agosto de 1980 por el Tratado de Montevideo. Reemplaza la Alalc.


3.4.2.- CAN

La Comunidad Andina es una comunidad de cuatro países que tienen un objetivo común alcanzar un desarrollo integral, más equilibrado y autónomo, mediante la integración andina, suramericana y latinoamericana. Está constituida por Bolivia, Colombia, Ecuador, y Perú. Venezuela fue miembro hasta el 2006 ya que el presidente Hugo Chávez, anuncia el retiro de de la Comunidad Andina, argumentando que los TLC (tratado de libre comercio) firmados por Colombia y Perú con Estados Unidos le han causado un daño irreparable a la Normatividad y a las instituciones andinas volviéndola inservible.

3.4.3.- Grupo de los Tres

(G-3) integrado por México, Colombia y Venezuela, se firmó 13 de junio de 1994

1. Los objetivos de este Tratado, desarrollados de manera específica a través de sus principios y reglas, incluidos los de trato nacional, trato de nación más favorecida y transparencia, son los siguientes:

· Estimular la expansión y diversificación del comercio entre las Partes;

· Eliminar las barreras al comercio y facilitar la circulación de bienes y de servicios entre las Partes;

· Promover condiciones de competencia leal en el comercio entre las Partes;

· Aumentar sustancialmente las oportunidades de inversión en los territorios de las Partes;

· Proteger y hacer valer los derechos de propiedad intelectual;

· Establecer lineamientos para la ulterior cooperación entre las Partes, así como en el ámbito regional y multilateral encaminada a ampliar y mejorar los beneficios de este Tratado;

· Crear procedimientos eficaces para la aplicación y cumplimiento de este Tratado, para su administración conjunta y para la solución de controversias;

· Propiciar relaciones equitativas entre las Partes reconociendo los tratamientos diferenciales en razón de las categorías de países establecidas en la ALADI;

En el 2006 Venezuela se separa del grupo de los tres El Jefe de Estado, Hugo Chávez Frías argumentó que esa alianza se fundamenta desde su creación en la concepción neoliberal del capitalismo, que el país rechaza a cambio de una política de integración y complementariedad que apuntala hacia la construcción del socialismo del siglo XXI.

3.4.4.- Otros

El Alba, organismo de integración compuesto por Venezuela, Cuba, Nicaragua, Bolivia, Dominica, Honduras, nació como una propuesta promovida por Venezuela para enfrentar el Área de Libre Comercio (Alca)

Para el Alba, es prioridad que la relación que existe entre los países se lleve en pie de igualdad y esté orientado hacia el beneficio común, basándose en el diálogo subregional para abrir campos de alianzas estratégicas y así fomentar el consenso y el acuerdo entre las naciones latinoamericanas.

Entre los tratados suscritos por el Alba se encuentran, Alba Comercio Justo, el cual consiste en lograr de manera fundamental la articulación de todas las iniciativas en el campo productivo en un plan de complementación económica integral.

3.5.- OTROS TRATADOS DE INTEGRACION

3.5.1.- ALCA

El Área de Libre Comercio de las Américas o ALCA es el nombre oficial con que se designa la expansión del Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN ó TLC) a todos los países de Centroamérica, Sudamérica y el Caribe, excepto Cuba. Las negociaciones comenzaron inmediatamente después de la entrada en vigor del TLC en 1994. En la ciudad de Miami en diciembre de 1994.1 En su versión original contemplaba la gradual reducción de las barreras arancelarias y a la inversión en 34 países de la región (todos menos Cuba) y los países independientes. Con el paso del tiempo, el cambio de regímenes en América del Sur complicó las negociaciones y en la Cumbre Extraordinaria de las Américas celebrada en Monterrey, México, se acordó implementar una versión menos ambiciosa para el 1 de enero de 2005 y que la presidencia del proceso se compartiera entre los Estados Unidos y Brasil.

A principios del año 2004, varias ciudades competían por obtener la sede, entre ellas Miami, Atlanta, Colorado Springs, Chicago y Houston en los Estados Unidos; Puebla y Cancún en México; Puerto España (Trinidad y Tobago), San Juan en Puerto Rico y la Ciudad de Panamá.

Uno de los principales críticos del ALCA ha sido el presidente venezolano Hugo Chávez quién lo ha calificado como un tratado de adhesión y una herramienta más del imperialismo para la explotación de Latinoamérica. Como contra-propuesta a este modelo Chávez ha fomentado la Alternativa Bolivariana para la América (ALBA).

El ALCA propicia la libre circulación de mercaderías, sin aranceles, ni otras trabas aduaneras, pero no asegura la libre circulación de personas, por ejemplo de trabajadores que quieran o necesiten ir a trabajar a otros países. Por el contrario EEUU está interesado en restringir las migraciones de trabajadores. Uno de los temas más polémicos del tratado propuesto por los Estados Unidos es el relacionado con los derechos de propiedad intelectual y patentes. Los críticos afirman que si las medidas propuestas por el ALCA se aplicaran, se impediría la investigación científica en Latinoamérica ocasionando aún más desigualdad y dependencia tecnológica respecto a países desarrollados. En lo relacionado con el tema de las patentes, analistas latinoamericanos han acusado a los Estados Unidos de querer patentar todo, desde invenciones, descubrimientos, mitología indígena hasta seres vivos.

3.5.2.- MERCOSUR:

El Mercado Común del Sur o Mercosur (en portugués Mercado Común do Sul, Mercosul; en guaraní Ñemby Ñemuha) es un bloque comercial cuyos propósitos son promover el libre intercambio y movimiento de bienes, personas y capital entre los países que lo integran, y avanzar a una mayor integración política y cultural entre sus países miembros y asociados.

Sus Estados Partes son Argentina, Brasil, Paraguay, y Uruguay. Cabe mencionarse que el 4 de julio de 2006 se ha suscrito un Protocolo de Adhesión mediante el cual Venezuela se constituye como Estado Parte. No obstante este instrumento de adhesión aún no ha entrado en vigor debido a que a la fecha no ha sido ratificado por todos los parlamentos de los firmantes, por lo que su vinculación legal al bloque sigue siendo como Estado Asociado. Bolivia, Chile, Colombia, Ecuador y Perú también tienen estatus de estado asociado.

Los países miembros consideran que su fecha de creación fue el 30 de noviembre de 1985, fecha de la Declaración de Foz de Iguazú que puso en marcha el proceso. Sin embargo, el nombre le fue asignado el 26 de marzo de 1991 por el Tratado de Asunción, en tanto que su existencia como persona jurídica de Derecho Internacional fue decidida en el Protocolo de Ouro Preto, firmado el 16 de diciembre de 1994, pero que recién entró en vigencia el 15 de diciembre de 1995. El Protocolo de Ouro Preto estableció un arancel externo común y desde 1999 existe una zona libre de aranceles entre sus integrantes con la sola excepción del azúcar y el sector automotriz. La Unión Aduanera se encuentra aún en proceso de construcción. El Mercosur es el mayor productor de alimentos del mundo.

OBJETIVOS DEL MERCOSUR:

El objetivo básico del Mercado Común es el de aumentar el grado de eficiencia y competitividad de las economías involucradas ampliando las actuales dimensiones de sus mercados y acelerando su desarrollo económico mediante el aprovechamiento eficaz de los recursos disponibles. La preservación del medio ambiente, el mejoramiento de las comunicaciones, la coordinación de las políticas macroeconómicas y la complementación de los diferentes sectores de sus economías. Por otra parte, la conformación de un mercado común es una respuesta adecuada a la consolidación de grandes espacios económicos en el mundo y la necesidad de lograr una adecuada inserción internacional.

ESTRUCTURA ORGANIZATIVA:

Hasta la constitución definitiva del Mercado Común, los órganos responsables de la administración y ejecución del Tratado de Asunción y los acuerdos específicos y decisiones que se adopten en el marco jurídico de éste serán el C.M.C. (Consejo del Mercado Común) y el G.M.C. (Grupo del Mercado Común).

El C.M.C. es el órgano superior del mercado común, correspondiéndole la conducción y toma de decisiones que aseguraron el cumplimiento de los objetivos y plazos establecidos para la constitución definitiva del MERCOSUR. Estará integrado por los Ministros de Relaciones Exteriores y los Ministros de Economía de los E.P...

EL G.M.C. es el órgano ejecutivo de las decisiones adoptadas por el C.M.C.; está integrado por cuatro miembros titulares y cuatro miembros alternos por país, que representen a los siguientes organismos públicos:

Ministerio de Relaciones Exteriores.

Ministerios de economía o sus equivalentes (áreas de industrias, Comercio Exterior y/o Coordinación Económica).

Banco Central.

El G.M.C. puede constituir subgrupos de trabajo, necesarios para el cumplimiento de sus objetivos; actualmente cuenta con 11 subgrupos:

Política comercial.

Asuntos aduaneros.

Normas técnicas.

Políticas fiscal y monetaria relacionadas con el comercio.

Transporte terrestre.

Transporte marítimo.

Política industrial y tecnológica.

Política agrícola.

Política energética.

Coordinación de políticas macroeconómicas.

Asuntos laborales, empleo, seguridad social.

A principios de diciembre de 1991, en Montevideo, representantes de los Parlamentos de los 4 países crearon la Comisión Parlamentaria Conjunta del MERCOSUR, que tiene a su cargo estudiar los proyectos de Acuerdos Específicos negociados por los Estados antes de su envío a los respectivos congresos y realizar recomendaciones a los Poderes Ejecutivos.

3.5.3.- Proyecto de Integración Comercial en la actualidad.

En la actualidad el dilema por encontrar un proceso de integración idóneo a la situación latinoamericana, está desarrollando nuevos debates y propuestas que se están materializando. Por fin los líderes de la región han entendido la necesidad de una integración entre pueblos hermanos, sin la necesidad de depender de la orientación norteamericana, lo cual ha hecho surgir la voluntad política que nuestros Próceres, permitiendo crear iniciativas de integración integral, más allá de lo comercial, como la integración energética, con el Gran Gaseoducto del Sur; la integración financiera, con el Banco del Sur; la cooperación solidaria y complementaria, con el ALBA, y con el proyecto de integración suramericana, UNASUR.

La Unasur está integrada por Argentina, Chile, Paraguay, Uruguay, Brasil, Ecuador, Bolivia, Perú, Colombia, Venezuela, Surinam y Guyana. Que marcan como esfuerzo de integración al recién creado Consejo de Defensa y que tiene a la construcción de un 'Escudo Epidemiológico' como prioridad. Es una expresión concreta de integración y ratifica la importancia que otorgan los miembros de Unasur al desarrollo social y humano, en particular en una materia de salud.

3.5.4.- diferencia entre tratados y acuerdos de integración económica.

Tratados:

Establecen un marco de seguridad a través de un conjunto de reglas claras y precisas.

Brindan un acceso seguro y preferencial a nuevos mercados entre varios países.

Proporcionan acceso preferencial a los mercados más importantes del mundo mediante la eliminación gradual de aranceles.

Simplifican los trámites y se desarrollan de acuerdo a un tiempo estipulado.

Permiten aumentar la disponibilidad de insumos y materias primas de mayor calidad y a mejores precios.

Acuerdos Integración Económica:

Los sujetos son los Estados, y se establecen las reglas de acuerdo a sus necesidades.

Los Estados emprenden el proceso integrador en forma voluntaria y deliberada.

El proceso debe ser gradual.

El proceso de integración se inicia con acercamientos económicos, pero lentamente y dependiendo de cada proceso –conforme a lo estipulado por los Estados miembros-, la agenda va abarcando e incluyendo temas en las áreas sociales, culturales, jurídicas, y hasta políticas de los países del acuerdo.

3.6.- Acuerdos de Integración Económica.

La integración económica está compuesta del comercio, del flujo de capital, del flujo de personas o labor y también la abolición de barreras al comercio libre. La integración económica puede tener uno de dos propósitos y es el de negociar el establecimiento de un mercado común o un área de comercio libre. Esta toma ventaja de la proximidad geográfica y la naturaleza complementaria del desarrollo económico y tecnológico entre países vecinos.

La integración económica alude a la organización de un grupo de países con el fin de mejorar el intercambio comercial en el marco de sus territorios. La integración económica busca negociar la eliminación de los obstáculos al comercio y a la libre circulación de bienes, mercancías y personas; la reducción de los costos de transporte, así como la implementación de políticas comunes en distintos sectores de la economía. La integración en bloques supone privilegiar el comercio por proximidad o contigüidad física, por lo que se establecen también tarifas o aranceles externos a los países no miembros. Al establecerse políticas comunes para distintos sectores de la actividad económica, incluso para el área educativa, se busca no sólo incrementar el comercio entre los países miembros, sino también alivianar los riesgos que generan situaciones de incertidumbre en la economía global.

En cuanto al ordenamiento jurídico venezolano se refiere, nuestra Constitución de la República Bolivariana de Venezuela regula el tema de la Integración Económica en el Título IV, Capítulo I, Sección Quinta "De las Relaciones Internacionales", en su art. 153, que prevé lo siguiente:

"Artículo 153. La República promoverá y favorecerá la integración latinoamericana y caribeña, en aras de avanzar hacia la creación de una comunidad de naciones, defendiendo los intereses económicos, sociales, culturales, políticos y ambientales de la región. La República podrá suscribir tratados internacionales que conjuguen y coordinen esfuerzos para promover el desarrollo común de nuestras naciones, y que garanticen el bienestar de los pueblos y la seguridad colectiva de sus habitantes. Para estos fines, la República podrá atribuir a organizaciones supranacionales, mediante tratados, el ejercicio de las competencias necesarias para llevar a cabo estos procesos de integración. Dentro de las políticas de integración y unión con Latinoamérica y el Caribe, la República privilegiará relaciones con Iberoamérica, procurando sea una política común de toda nuestra América Latina. Las normas que se adopten en el marco de los acuerdos de integración serán consideradas parte integrante del ordenamiento legal vigente y de aplicación directa y preferente a la legislación interna."

3.6.1.- Acceso a Mercados:

Los países ricos limitan y controlan la cuota de mercado mundial de los países pobres mediante aranceles sobre los productos importados. Como resultado, muchos países pobres sólo pueden permitirse exportar materias primas, lo que les aporta muchos menos beneficios que los productos elaborados.

Por ejemplo, los países ricos compran algodón y cacao a un precio muy bajo y lo convierten en prendas de vestir caras y chocolate, sacando el máximo beneficio. Al mismo tiempo, los países pobres se ven obligados a abrir sus mercados a las exportaciones de los países ricos por miedo a perder los préstamos que reciben de ellos.

3.6.2.- Protección y Defensa

Los consumidores y los dueños de empresas que compiten con importaciones tienen más que perder que los consumidores, por lo que acuden al gobierno en busca de protección. Los siguientes son algunos de los argumentos más comunes a favor del proteccionismo. Estos argumentos tienen un fuerte atractivo político o emotivo, pero un débil apoyo por parte de los economistas.

Las industrias relacionadas con la defensa deben ser protegidas con embargos, aranceles y cuotas para garantizar la seguridad nacional. Al proteger las industrias clave para la defensa, una nación no será dependiente de países extranjeros para obtener los bienes esenciales para protegerse en tiempos de guerra. El argumento de la defensa nacional se ha utilizado para proteger numerosas industrias, incluidas las petroquímicas, la de municiones, la siderúrgica, etc.

Este argumento cobró importancia durante la guerra de 1812. Gran Bretaña el principal socio comercial de Estados Unidos, se convirtió en un enemigo y bloqueó la costa. En la actualidad, ese argumento tiene menos sentido para Estado Unidos. El gobierno de ese país almacena misiles, equipo electrónico moderno, petróleo y la mayoría de los bienes necesarios para tiempos de guerra. Esas provisiones preparan al Pentágono para combatir en una guerra convencional, como la del Golfo Pérsico en 1991. En cualquier guerra nuclear, habría poco tiempo para preocuparse por provisiones estratégicas.

3.6.3.- Propiedad Intelectual

Los derechos de Propiedad Intelectual han estado reconocidos constitucionalmente en Venezuela desde 1830. Además, el Convenio de París para la Protección de la Propiedad Industrial, el Acuerdo de los Aspectos Comerciales de los Derechos de Propiedad Intelectual y la Decisión 486 de la Comunidad Andina sobre un Régimen de Propiedad Industrial Común garantizan la protección de los derechos de propiedad industrial en el país. Sin embargo, las enmiendas propuestas provocarían un cambio significativo en el sistema de protección de propiedad industrial.

Los cambios al sistema de propiedad industrial, de aprobarse, serán los siguientes:

Derechos de patentes, nombres de marcas, lemas comerciales e indicaciones geográficas ya no tendrán rango constitucional. Los derechos de propiedad industrial serán considerados “concesiones” otorgadas y garantizadas por el ejecutivo y regidas por la ley nacional.

Los titulares de derechos de propiedad industrial ya no podrán intentar amparos constitucionales.

El término “propiedad intelectual” será eliminado de la redacción del Artículo 98, ya que los derechos de propiedad industrial ya no serán propiedad de nadie. Sin embargo, los derechos de autor aún estarán incluidos en la Constitución.

Los tratados internacionales de los cuales Venezuela es signatario ya no tendrán rango constitucional. En cambio, serán aplicados directamente por la legislación nacional.

Según el Gobierno Venezolano la modificación del artículo no viola ningún tratado internacional: "Los tratados seguirán siendo parte de la jurisdicción venezolana. El problema será la aplicación de la norma internacional en el sistema judicial interno. El Convenio de Berna para la Protección de las Obras Artísticas y Literarias está vigente, salvo que el Ejecutivo opte por romper con esos tratados. Para salirnos de ellos tendremos que dejar la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual, que es uno de los organismos de las Naciones Unidas".

3.6.4.- Servicios

La comunidad internacional es consciente de la importancia de las exportaciones de servicios, es por esto que se han generado una serie de acuerdos que apoyan y regulan el comercio de servicios.

El Acuerdo General sobre Comercio de Servicios (AGCS) es el primer conjunto de normas multilaterales aplicables jurídicamente que se abarca en el comercio internacional de servicios. Este consta de tres elementos: el texto principal que contiene los principios y obligaciones generales; los anexos, que tratan de normas aplicables a determinados sectores; y los compromisos específicos de otorgar acceso a sus mercados contraídos por los distintos países. El Tratado de Libre Comercio TLC G-3, abarca los Principios Generales sobre el Comercio de Servicios consignados en el Capítulo Diez (Capítulo X). Los sectores como son: telecomunicaciones, Servicios Financieros, Entrada Temporal de Personas de Negocios, se ubican los capítulos Once, Doce y Trece respectivamente.

3.6.5.- Inversiones

Los acuerdos internacionales sobre inversiones tienen por objetivo ayudar a los países en desarrollo a participar de la forma más eficaz posible en el establecimiento de reglas internacionales en materia de inversión.

Por lo general, en los acuerdos internacionales de inversión sólo se promueve indirectamente, la inversión extranjera mediante cláusulas de protección de las inversiones. Muy pocos acuerdos de este tipo contienen disposiciones explícitas sobre promoción de las inversiones. Si en esos tratados se diera más importancia al fomento de la inversión directa, se podría ayudar a los países en desarrollo a ampliar sus probabilidades de atraer nuevas inversiones.

3.7 Principales Acuerdos de Integración Económica.

Organización Mundial del Comercio

La Organización Mundial del Comercio conocida como OMC fue establecida en 1995, la OMC administra los acuerdos comerciales negociados por sus miembros (denominados Acuerdos Abarcados). Teóricamente el libre comercio no figura entre sus objetivos, aunque en la práctica, la OMC es un foro donde los Estados Miembros buscan acuerdos para la reducción de ciertos aranceles (liberalización), y donde se resuelve cualquier disputa comercial que pudiera surgir entre sus miembros con respecto a los acuerdos alcanzados.

En general, se puede decir que la OMC es:

Un mecanismo para el intercambio de compromisos en materia de política comercial.

Un código de conducta: una serie de compromisos legales específicos que regulan las políticas comerciales de los Estados miembros.

En cuanto al segundo punto, este código de conducta emerge de un proceso de negociación que incluye (a pesar de no estar limitado a) una serie de compromisos legales para reducir las barreras al comercio. Así pues, estos compromisos se encuentran estipulados en los distintos acuerdos alcanzados: GATT, AGCS, ADPIC, -acuerdo MSF, Acuerdo OTC, entre otros. La OMC constituye un marco o estructura de normas y disciplinas para las políticas relacionadas con el comercio, es decir, que la OMC como organización no define ni especifica el resultado de las rondas de negociación, sino que este resultado depende de los acuerdos alcanzados por los Estados miembros dentro de dicha estructura.

Para entender exactamente en qué consiste dicho código de conducta, se considera que existen cinco principios o dimensiones de la OMC que son de particular interés para entender su funcionamiento. Estos cinco principios configuran la base legal sobre la que los Estados miembros pueden llegar a acuerdos, sin que estos acuerdos puedan violar ninguno de estos principios (es a estos principios a los que nos referíamos al decir que la OMC es un marco o estructura de normas):

La no discriminación.

La reciprocidad.

El principio de acuerdos vinculantes.

La transparencia.

Determinadas excepciones (safety valves).

3.7.2 Acuerdos Regionales

Los acuerdos regionales de comercio suelen ser uno de los componentes de una estrategia política más amplia destinada a fortalecer las relaciones económicas con los países vecinos. De este modo, pueden generar oportunidades para expandir el comercio a través de la acción conjunta que busque superar tanto las barreras normativas como las comerciales. En el nivel básico, suele resultar más fácil motivar la reducción recíproca de las barreras fronterizas cuando hay menos participantes y las autoridades responsables tienen mayor control de los resultados. Además, este tipo de acuerdo posee la flexibilidad de aspirar a políticas de expansión comercial que no han sido bien abordadas en el marco de las reglas comerciales multilaterales. Por ende, los tratados comerciales van más allá del solo hecho de reducir los aranceles e incluyen medidas que apuntan a reducir los impedimentos al comercio que se asocian con estándares, aduanas y cruces fronterizos y regulaciones en los servicios, además de involucrar reglas más amplias que mejoren el clima general para la inversión. Finalmente, estos acuerdos representan piedras angulares de estrategias económicas y políticas de mayor envergadura que intentan aumentar la cooperación regional. Por otra parte, estos tratados pueden servir para motivar y aplicar reformas más amplias en las políticas nacionales, así como para contribuir a la creación de un entorno político más favorable para la estabilidad, la inversión y el crecimiento.

No todos los acuerdos logran generar nuevas posibilidades de comercio e inversión ya que aquellos que involucran altas protecciones fronterizas externas son especialmente susceptibles a los efectos adversos de la desviación comercial. De hecho, un análisis estadístico basado en conclusiones de varios estudios econométricos sugiere que muchos tratados representan para la economía más pérdidas comerciales que ganancias, debido a que discriminan a los proveedores eficientes y de bajo costo que se encuentran en países no miembros. Sin duda, este hallazgo no considera las ganancias dinámicas potenciales, los efectos positivos que se asocian a la liberalización de los servicios ni los beneficios que surgen tras la adopción de nuevos reglamentos, pero sí subraya la idea de que los acuerdos regionales representan riesgos que merecen un análisis profundo por parte de los posibles participantes.

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